¿EXISTE EL BUEN INTERVENCIONISMO?

26-10-09

Daniel Ballesteros Calderón

 

 

El motor de la acción empresarial humana es siempre la maximización del bienestar; es decir, pasar de un estado menos satisfactorio a otro más satisfactorio. El empresario individual o la empresa societaria cuya acción en búsqueda de la maximización de su bienestar no tenga límites éticos o morales propios, o límites legales impuestos por otros, puede muy bien ocasionar daños a vida, libertad o propiedad de otros individuos o empresas.

 

  De hecho, durante los siglos XIX y XX multitud de empresas comercializaron entre el público general sustancias extremadamente dañinas sin conocer y/o advertir de las sobradamente conocidas -aunque entonces poco difundidas entre los consumidores- consecuencias negativas de su uso. No sólo sucedió con el caso de ciertas drogas, sino con productos como el radio o el uranio. Por ejemplo, es muy famoso el caso del Radithor comercializado con propósitos medicinales por la empresa farmacéutica Bailey Radium Laboratories, Inc. desde 1918 a 1928.

 

  Contra lo que se pudiera pensar, no se trataba de una conducta puntual extraña a la industria, sino más bien de una regla. En efecto, los caramelos de hachís; el vino Mariani; la Coca Cola hasta 1903; las mezclas medicinales de opio con alcohol o la heroína comercializada por Bayer -entre multitud de ejemplos comerciales 1 -, describen una situación de mercado en que las agresivas y/o precipitadas políticas de ventas de empresas farmacéuticas o de bienes de consumo ordinarios no respetaron los principios éticos más elementales, ocasionando graves daños a la salud de individuos ignorantes de los perjuicios que podían ocasionarles los productos que consumían:

 

  Los caramelos de hachís: durante la década de 1860 se comercializaron caramelos elaborados con hachís procedente de la India británica. En ausencia de cualquier regulación eran publicitados abiertamente en los periódicos y su adquisición era completamente libre a pesar de que se conocía que el hachís generaba adicción. Los argumentos de comercialización eran que curaba el nerviosismo, la debilidad, la melancolía, etc. a la vez que infundía energías físicas y psíquicas.

 

  El Vino Mariani (en francés Vin Mariani): era un vino al que se le añadían extractos de hoja de coca. Creado en 1863 por Ángelo Mariani, era publicitado atribuyéndole una gran cantidad de propiedades terapéuticas. Su uso fue muy popular entre artistas e intelectuales, siendo consumido por personajes prominentes de la época como la reina Victoria de Inglaterra, el presidente de los EEUU William Mc Kinley, los papas Pío X y León XIII (Ángelo Mariani recibió una medalla de oro del Vaticano) o Edison (que afirmaba que el vino le permitía permanecer más horas despierto).

 

  La Coca Cola: fue creada en 1885 por John Stith Pemberton. Basada en el vino francés tipo Mariani, su primera versión fue un vino denominado Pemberton's French Wine Coca. Se estima que la fórmula original de cada consumición de esta primitiva Coca Cola contenía, además de alcohol, 8,46 mg de cocaína (una dosis actual de la droga conocida como cocaína contiene aproximadamente unos 15-35mg de cocaína), nuez de cola (contiene cafeína) y damiana. En 1885 se retiró el componente alcohólico de la bebida original debido a las leyes prohibicionistas del alcohol en el condado de Fulton. Más adelante Frank Mason Robinson propuso darle el nombre de Coca-Cola y en 1888 Assa Grigs Candler se hizo cargo del negocio, retirándose el contenido de coca en 1903 y reemplazándolo con más cafeína. En la actualidad Coca Cola emplea 2 un derivado “descocainado” de hoja de coca importada legalmente para dar sabor a su producto 3 .

 

  En sus comienzos, la Coca Cola era ofertada como una “bebida intelectual” que estimulaba, refrescaba y revigorizaba. Asimismo también se comercializaba como un remedio para la adicción a la morfina (el propio Pemberton era adicto) y también como reconstituyente para "ladies, and all those whose sedentary employment causes nervous prostration, irregularities of the stomach, bowels and kidneys, who require a nerve tonic and a pure, delightful diffusable stimulant". Por último, se remarcaban sus propiedades estimulantes para combatir el cansancio laboral.

 

  Mezclas de alcohol y opio: en el siglo XIX los láudanos fueron comercializados sin controles, administrándose indiscriminadamente a niños o adultos. Por ejemplo, el “Mrs. Winslow's soothing syrup” (jarabe calmante de la señora Winslow) era comercializado para calmar los dolores de la dentición de los niños y contenía 65 mg de morfina por onza. La compañía fabricante empleaba libros de recetas y tarjetas-calendario para difundir su producto.

 

  Cocaína: desde fines del siglo XIX hasta el primer cuarto del siglo XX, varias empresas se dedicaron a la comercialización de cocaína. La más potente fue la multinacional Boehringer, que se jactaba de ser la mayor productora mundial de quinina y cocaína y en España fue denominada “la insuperable”. Asimismo se desarrollaron otros productos similares, como caramelos de cocaína (Vandebroek) para aclarar la voz y acabar con la tos, y jarabes de cocaína para los dolores de dentición de los niños (Lloyd Manufacturing).

 

  Heroína: en 1896 Bayer registró el nombre comercial “heroína”, comercializando el producto como un remedio contra la adicción a la morfina y también contra la tuberculosis y la tos (ver aquí anuncios en prensa española de la época), aunque en 1931 el producto fue retirado del mercado por presiones políticas. Realmente la heroína es un derivado de la morfina (diacetilmorfina) que genera aún más adicción debido a su forma de aplicación intravenosa.

 

  Gracias entre otros a la labor divulgadora de los “muckrakers4 , las consecuencias negativas del uso o abuso de estas sustancias se difundieron entre un público escandalizado, forzando a los gobiernos a tomar medidas para restringir su producción y comercialización. Fue por este motivo que muchos Estados de los EEUU prohibieron el libre comercio de cocaína, morfina y heroína, permitiendo su venta sólo para usos medicinales. Sin embargo, esta exención fue empleada por las empresas farmacéuticas para seguir comercializando tales productos bajo un masivo fraude de ley. Dada esta situación, en 1906 se aprobaron la “District of Columbia Pharmacy Act” y la “Pure Food and Drug Act” que, entre otras medidas, obligaron a las empresas a detallar la composición de los productos en el etiquetado y prohibía la degradación de los productos de consumo. Más tarde, ya en 1914, se aprobó la “Harrison Narcotics Tax Act”, que restringía -no prohibía- el comercio de opiáceos y cocaína.

 

  Más adelante, ya en 1937 la empresa S. E. Massengill Company lanzó al mercado estadounidense un producto antibacteriano con sabor a frambuesa conocido como Elixir Sulfanilamida, cuyo excipiente era el dietilenglicol (D.E.G.) que representaba el 70% del elixir. A pesar de que en aquella época se sabía que el D.E.G. era un producto tóxico cuya ingestión podía ocasionar la muerte, Harold Watkins, el químico responsable de la empresa, parecía desconocerlo. Tampoco se había molestado en llevar a cabo test rutinarios previos con animales. Como resultado, murieron más de 100 personas que habían ingerido el producto. No era este el único caso que se producía, ni mucho menos, pero sí era uno de los pocos que llegaba a conocimiento del gran público gracias de nuevo a los “muckrakers”. Sin embargo la FDA estadounidense no podía hacer nada para evitar estas situaciones, pues no disponía de leyes específicas aparte de las susodichas “Pure Food and Drug Act” y la “Harrison Act” inaplicables al respecto. De esta forma en 1938 se aprobó la “Federal Food, Drug, and Cosmetic Act” la cual concedía a la FDA el poder de revisar y autorizar -si procedía- los nuevos medicamentos introducidos en el mercado nacional.

 

  Estas situaciones se reproducían mundialmente, sin embargo no todos los países habían adoptado legislaciones eficaces al respecto de la producción y comercialización de productos médicos o, si lo hicieron fue de una manera muy defectuosa debido a la incapacidad técnica y/o la corruptibilidad de los funcionarios entre otros motivos. Mientras tanto, muchas empresas continuaron con sus prácticas de comercializar productos químicos dañinos para la salud humana, o no testados adecuadamente. Es decir, a menudo se testaban para saber si causaban un efecto deseado, no tanto para saber si tenían efectos secundarios que desaconsejaran su consumo por individuos pertenecientes a determinados grupos de riesgo (ancianos, niños, mujeres embarazadas, diabéticos, hipertensos…) o la población en general. De esta forma era inevitable que surgiera una miríada de casos entre los que destacaremos los de la Talidomida, la píldora anticonceptiva combinada, la Trovafloxacina y la Cariporida, ya que implican importantes aspectos institucionales.

 

  La Talidomida era un fármaco sedante comercializado entre 1958 y 1963, que ocasionaba malformaciones congénitas en fetos humanos si era recetado a mujeres embarazadas, o a los padres de los bebés antes de la concepción. El llamado “desastre de la Talidomida” (nacimiento de alrededor de 10.000 bebés con malformaciones en todo el mundo) fue debido al desconocimiento científico de que la esteroisomería molecular(distinta disposición de los grupos de carbono en una molécula) tiene consecuencias relevantes sobre los efectos de los compuestos químicos. De hecho existía una Talidomida R que producía el efecto sedante y otra S que causaba malformaciones fetales.

 

  En los EEUU, la FDA que surgió con la Pure Food and Drug Act se negó a conceder autorización para la venta de Talidomida en los EEUU. La principal defensora de esta postura fue la inspectora médica de la FDA FrancesKathleen Oldham Kelsey, que consideraba que el producto no había sido suficientemente testado. El resultado fue que mientras en EEUU sólo se dieron 17 casos de bebés con malformaciones, en Gran Bretaña o Alemania, que no disponían de una mínima legislación al respecto, los casos fueron 456 y 2.500 respectivamente. A partir de ese momento muchos países elaboraron una legislación específica para controlar este tipo de conductas empresariales y asegurarse de que los productos que se comercializan no son dañinos para la salud humana. Hoy en día, y bajo amparo de la OMS, se utiliza la talidomida para luchar contra la lepra, pero fundamentalmente el fármaco ha sido retirado de los mercados mundiales.

 

  Respecto a la píldora anticonceptiva combinada (estrógenos y progestágenos), si bien es un anticonceptivo eficaz que ayuda a combatir los síntomas de la menopausia además de proteger contra el cáncer de la mucosa del útero y de ovarios; recientemente se ha demostrado que favorece la aparición de cáncer de mama 5 , de endometrio y de hígado, algo previsible en tanto en cuanto uno de sus componentes -el estrógeno- estaba claramente asociado al cáncer de mama.

 

  Otro caso es el acontecido con la empresa Pfizer, que en el año 1996 llevó a cabo en Kano (Nigeria) un ensayo con su medicamento contra la meningitis bacteriana Trovafloxacina. Sin embargo no se informó a los padres de que el medicamento estaba en período de pruebas y, finalmente, de los 190 niños que se incluyeron en el ensayo, cinco murieron mientras que otros sufrieron daños cerebrales y parálisis. A continuación las familias presentaron una demanda contra Pfizer en los EEUU que aún se está resolviendo en la actualidad, ya que los juzgados estadounidenses consideran que es un asunto que debe ser resuelto por los juzgados de Nigeria 6 (por otra parte corruptos e influenciables).

 

  En 1997 la empresa Hoechst Marion Roussel (ahora Sanofi-Aventis) sometió a pruebas el medicamento Cariporida entre 137 pacientes del Hospital Naval de Buenos Aires (Argentina). Se falsificaron las firmas de al menos 80 consentimientos informados, y aquellos que firmaron el documento por si mismos no tuvieron acceso a su contenido. Los resultados fueron desastrosos, pues murieron 13 pacientes de los cuales se considera que al menos tres fueron asesinados debido a que no recibieron el tratamiento correcto. Acontecieron otras gravísimas irregularidades como la modificación de los informes de los registros médicos o la desaparición de documentación clave del caso. Por todo ello está en curso una demanda criminal contra la empresa.

 

  De estos casos paradigmáticos se pueden extraer varias conclusiones:

 

1º. Caracterizar la actividad empresarial como estrictamente positiva o buena, y la regulación estatal como estrictamente negativa o mala, es fruto de un ingenuo e injustificable reduccionismo, ya que no se tienen en cuenta ni los incentivos de la acción humana (el hombre -también el empresario- siempre tiene la tentación de abusar de los demás en su propio beneficio), ni la posibilidad de error catastrófico no intencionado del empresario, ni las asimetrías informativas, ni las circunstancias de tiempo y lugar.

 

2º. A pesar de fracasos ocasionales, una buena regulación estatal de las pruebas que un medicamento o bien de consumo ha de superar antes de ser lanzado al mercado, reduce las muertes e intoxicaciones respecto a la alternativa de desregulación pública. Estos casos que se evitan no se ven, pero son decisivos a la hora de valorar la regulación al respecto.

 

3º. El entorno institucional es clave. Si las leyes son inadecuadas, o si existen pero no se aplican, si se da dejadez burocrática o un grado intolerable de corrupción administrativa (caso de Nigeria o Argentina), las regulaciones estatales al respecto serán un mero obstáculo a la investigación y comercialización de medicamentos y bienes de consumo. Por si fuera poco, estas leyes no servirán para impedir los perjuicios de la falta de ética en la actuación de las empresas médicas.

 

 

  Quisiera finalizar el artículo con una cita de Hayek en su Camino de Servidumbre:

 

“En ningún sistema que pueda ser defendido racionalmente el Estado carecerá de todo quehacer. Un eficaz sistema de competencia necesita, tanto como cualquier otro, una estructura legal inteligentemente trazada y ajustada continuamente. Sólo el requisito más esencial para su buen funcionamiento, la prevención del fraude y el abuso (incluida en éste la explotación de la ignorancia), proporciona un gran objetivo –nunca, sin embargo, plenamente realizado- para la actividad legisladora”.

 

________________________________________

1. Casos extraídos de la monografía “¿Prohibición o legalización? Un análisis del comercio de drogas” por Daniel Ballesteros Calderón.

2. Ver reportaje de TIME CNN.

3. También el producto “Red Bull Cola” emplea coca en su formulación, sin embargo, sí presenta cocaína por lo cual ha sido recientemente retirado del mercado alemán.

4. Literalmente “remueve-estiércol”, eran unos periódicos sensacionalistas que sacaban a la luz escándalos de corrupción empresarial o pública.

5. Journal of Experimental Medicine, 19 de enero del 2009

6. http://www.wemos.nl/Documents/examples_of_unethical_trials_feb_2008_spanish.pdf

 

 

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